La partida interminable


Una partida de ajedrez puede alargarse demasiado; alguien ha calculado que teóricamente más de cinco mil jugadas. Dejo a un lado las fantasías y como buen ejemplo constatable me quedo con las 269 jugadas de la partida Nikolic-Arsovic (Belgrado, 1989).

Las partidas demasiado largas pueden ser un dolor para los organizadores de un torneo. Esto viene a cuento de un reciente artículo en éste blog, donde se relata que un árbitro decidió aplazar partidas en un torneo que no tenía previstos los aplazamientos.

Lo que ocurre es que, si el calendario es apretado y el ritmo es del tipo "tiempo añadido por cada jugada" (¡esa estúpida moda!), no resulta imposible que la prolongación de alguna partida entre en rumbo de colisión con el calendario.

Los organizadores fijan un calendario lo más reducido posible, que aminora sus gastos y los de sus participantes. ¡Ah, ya sé que los organizadores son generalmente la gente más torpe y no perciben que la solución está en poner más días de juego, aunque luego casi nadie participe...! 

Algunos comentaristas en el citado artículo regañan al árbitro... En serio: ¿qué haría el lector si estuviera en el pellejo del árbitro, y alguna partida se prolonga y va a destrozar las previsiones del calendario, provocando perjuicios en varias direcciones?

¿Los intereses de ciento cincuenta jugadores, por ejemplo, deben supeditarse a las dos o tres partidas pendientes? ¿Deben esperar incluso para hacer el pareo de la siguiente ronda? Y dígame, lector: ¿cuánto tiempo hay que esperar? ¿Cuando hay que adoptar alguna decisión especial?

Opciones

Hay varias soluciones arbitrales:

a) Hacer y publicar el pareo siguiente, antes de que concluyan las partidas inacabadas. Esto tiene otras opciones, a su vez:
  • aplazar las partidas pendientes para un momento posterior, comenzando simultáneamente todas las partidas de la siguiente ronda (y quedando quizá todos los implicados a disposición del árbitro y con la prohibición de realizar análisis o abandonar la sala sin autorización); o
  • no aplazar, y que prosigan hasta su terminación las partidas inacabadas pero sin someter a espera al resto de participantes, no concernidos. Es decir, todas las demás partidas de la ronda siguiente comienzan a su hora. 
b) Esperar todos a que terminen las partidas inacabadas, sin emparejar la ronda siguiente.

Sin duda, corresponde tomar una decisión prudente, que valore las circunstancias y mida las consecuencias.

Resultado provisional

Si se anticipa el pareo, no cabe duda que será imprescindible poner un resultado provisional a las partidas inconclusas, que permita realizar el pareo. Siempre es artificioso valorar una partida no terminada. En los viejos tiempos era habitual asignar provisionalmente 0,50 a cada jugador.

Existía una curiosa variante: se preguntaba a los contendientes por qué resultado luchaban en la partida, si para ganar o para empatar. Era obligatorio contestar. Si ambos respondían que sólo intentaban empatar, en ese mismo momento concluía la partida en tablas, ya que se interpretaba como oferta aceptada de tablas. Si ambos respondían que jugaban a ganar, conforme a su juicio, se les asignaba provisionalmente 1 punto a efectos de pareo. Si uno respondía que tablas, y el otro, que a ganar, se les asignaba respectivamente 0,50 y 1 punto. Constituía una astuta y solapada presión sobre los jugadores y el resultado provisional dependía del juicio de cada jugador.

Facultades del árbitro

¿El árbitro puede tomar una decisión amparada en las reglas? Echemos un vistazo a las Leyes del Ajedrez. Hay una regla -verdadero cajón de sastre- que confiere al árbitro la capacidad para "actuar en el mejor interés de la competición" (Art. 12.2.b de las Leyes del Ajedrez) y "supervisar el desarrollo de la competición". Como vemos, no le compete sólo lo que ocurre en cada partida aislada sino que debe curar posibles perjuicios generales. Y debe hacerlo atendiendo a la equidad, a la lógica y a las circunstancias relevantes (Preámbulo de las Leyes del Ajedrez).

Otra herramienta interpretativa a su disposición puede encontrarla en el Apéndice E.1.a de las Leyes del Ajedrez: "Si una partida no ha terminado al final del tiempo establecido para la sesión, el árbitro exigirá al jugador que esté en juego que selle su jugada." Es verdad que en el caso que debatimos no hay propiamente un tiempo final establecido pero es irrazonable no relacionarlo con el tiempo inicial de la ronda siguiente. 

Como es obvio, no cabe el aplazamiento anticipado (Apéndice E.1.b) en el supuesto analizado.
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