EL MANDAMIENTO 64: EL DERECHO FEDERATIVO.

EL MANDAMIENTO 64: EL DERECHO FEDERATIVO. Ricardo Montecatine

A lo largo del excesivo número de años que estuve, primero de directivo en la Federación Sevillana (no, no me equivoco; entonces sí era una “federación” con CIF propio) y luego en la Federación Andaluza, hubo algo que me quedó muy claro: La sacrosanta importancia del Derecho Federativo.

En la vida federativa hay momentos clave, como pedir la subvención, aprobar los presupuestos, lograr que la asamblea acepte o mejore tus propuestas, acertar con los reglamentos o saber cambiarlos a tiempo, no meter la pata con los calendarios….

Uno de ellos es que no te atropelle el camión de los “Derechos Federativos”

A modo de aperitivo les cuento una anécdota. No eludo nombres, es que no los recuerdo y me alegro.

Suena el teléfono… Mi interlocutora es la madre de un joven ajedrecista andaluz. No recuerdo ni la provincia ni si era chica o chico. Solo recuerdo que en cuanto empezó a explicar el motivo de su llamada se encendieron todas las alertas.

¡Estaba ante un momento clave de cualquier gestión federativa!

No viene al caso poner ejemplos de mi antecesor, pero si algo aprendí analizando alguna decisión suya es que lo peor que un responsable federativo puede hacer es prometer dar un derecho federativo a quién no le corresponde: el resultado final suele ser tener dos enemigos.

El derecho federativo decide si un jugador se clasifica o no para un campeonato andaluz o nacional. Decide, también, si un equipo de club asciende o no de categoría provincial, autonómica o nacional.

Detrás del derecho federativo están unos padres, unos delegados de club, unas expectativas que se van o no al traste, etc.

La madre, más o menos me dijo: “que mi hijo (supongamos que era niño) ha hecho medio punto más que fulanito, pero ¡la Andaluza manda al Nacional a fulanito!”

Escrito así, creo que todos ustedes lo comprenden. En cambio a mí la madre me hablaba nerviosa y claramente dolida por un probable atropello federativo. Es más, probablemente no me conocía personalmente y alguien podría haberla prevenido contra los directivos en general o los de la FADA en particular.

Añadan que yo no recordaba ni a su hijo ni a fulanito…

Si algo intenté siempre, es que hubiera un criterio tras cada decisión federativa. El criterio podría ser mejor o peor, pero era al menos un criterio. No algo caprichoso o, peor, no una cacicada intencionada.

Le contesté a la Señora, también nervioso: “Mire, no recuerdo el caso que me explica, pero sí recuerdo el criterio que hemos aplicado. Prefiero explicárselo ahora; luego cuelgo, lo miro y en unos minutos la llamo. El criterio es que al Nacional no se va solo por la clasificación del campeonato andaluz. Para elegir a los becados hemos sumado las puntuaciones de los jugadores en ese andaluz y en el nacional del año pasado. Así que voy a mirar las clasificaciones y en 10 o 15 minutos, la llamo y vemos si es correcto o hay un error. Desde luego, si hay un error lo corregimos.

Pasado ese tiempo la llamé. “Sra., ya lo he mirado. El criterio es el que le dije. Su hijo sacó medio punto más que fulanito en el andaluz de este año, pero en el nacional del año pasado fulanito hizo un punto más y, por eso tiene ahora medio punto más que su hijo y va él”

La Sra., evidentemente decepcionada. Me dio las gracias y colgó.

Pueden haber pasado diez o más años, pero el mandamiento del derecho federativo sigue vigente. Por eso hay dos circulares muy importantes en FADA. Las hace Ismael y fue para mí un alivio dejar de redactarlas personalmente cuándo le nombré Secretario General.

La primera sale tras terminar la Liga Andaluza, una vez celebradas las Promociones. En ella se relacionan todos los equipos autonómicos del 1º al último. Los derechos de ascensos futuros, por ejemplo, por vacantes o por retiradas, se cubren por el orden de esa circular.

Esa circular se publica no solo para general conocimiento. También se publica para que, en caso de error, el club afectado pueda reclamar muchos meses antes de la competición y que vea que se corrige.

La otra “circular” a la que me refería se publica cada vez que se convoca un Campeonato Individual Andaluz. En ella se señala quién tiene plaza becada y el motivo exacto por el que la tiene. Podría estar clasificado por dos motivos (por ejemplo, campeonato andaluz y Elo) y el “motivo exacto” es importante porque determina si la otra plaza es ocupada por el siguiente del Elo o del Campeonato Andaluz.

Todo esto viene a cuento porque imaginen que mañana un Delegado Provincial “prometiese” un derecho federativo a, digamos, un equipo cuándo en realidad le corresponde a otro.

Como el asunto de los “Derechos” es totalmente matemático, al final el equipo (club) perjudicado injustamente, protestará. Paralelamente el equipo (club) beneficiado injustamente, se sentirá “engañado” por una promesa falsa.

Ese club beneficiado injustamente tiene derecho a sentirse engañado. Cosa distinta es que realmente hayan logrado “engañar” él al delegado Provincial. En ese caso, más que estar molestos fingirán estarlo. En este caso, como es un asunto entre delegado y club en cuestión, no es posible saber si el cabreo es verdadero o fingido. Solo que hay lío federativo.

Aquí se aprecia la importancia de que todas las provincias publiquen una circular de derechos como la de la FADA. Con la circular ya publicada no caben los engaños o se dificultan los “errores”. Desde luego, ruido habrá porque éste es un mandamiento federativo muy importante.

En todo caso, lo que corresponda matemáticamente, debe aplicarse.

Resumiendo. Cuándo estas cosas sucedan, al Presi puede que le toque investigar y deshacer lo que esté mal. A menos que el delegado Provincial rectifique a tiempo. Y eso no siempre es fácil.

Si lo sabré yo.
Un abrazo a todos.
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